Devolución de Matrículas

 
De acuerdo con lo establecido en el Reglamento del Estudiante, Artículo 33, el Consejo Administrativo de la Universidad, mediante el Acuerdo No. ​007 del 17 de agosto de 2016, define y comunica los casos y las condiciones en los que procede la devolución o el abono de dinero pagado por concepto de matrículas, incluyendo los porcentajes aplicables y los trámites a seguir.
Este procedimiento es aplicable a toda persona que ostente la calidad de estudiante de la Universidad, en todas sus modalidades académicas y niveles de formación, (estudiante regular y/o estudiante no regular), y de acuerdo con las condiciones enunciadas en el Artículo 2 del Reglamento del Estudiante.
Todo el trámite debe realizarse siguiendo este procedimiento, no se aceptan solicitudes en ningún otro formato.
A continuación se indican los casos:

Cuando la institución decida no abrir un programa académico, o curso de extensión o de idiomas, se devolverá el 100% del valor pagado.​
El trámite de la devolución de los valores pagados se hará de oficio y no requiere de trámites y/o gestiones adicionales por parte del interesado/estudiante.

Si la solicitud de devolución hecha por el estudiante se produce con posterioridad al pago de la matrícula y no ha iniciado el periodo de clases, le será devuelto o abonado el 90% del valor pagado por concepto de matrícula.​ Para ello, es importante revisar el calendario académico.​​

El estudiante regular puede solicitar la devolución dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la fecha de inicio de clases estipulada en el calendario académico.​
La devolución o abono es del 80% del valor pagado por concepto de la matrícula.​
* No aplica para estudiantes no regulares.

En este caso, le será devuelto o abonado el 90% del valor de la matrícula.
La solicitud podrá ser tramitada por el estudiante en el lapso comprendido entre el inicio y el cierre del semestre de acuerdo con lo estipulado en el calendario académico.
Para dar trámite a la solicitud, según lo establecido en el Artículo Cuarto, numeral b. del Acuerdo No. 007 del 17 de agosto de 2016, se debe anexar la correspondiente incapacidad médica; este documento debe ser escaneado y enviado al correo electrónico devoluciones@ucatolica.edu.co​>

Devolución de Matrículas

 
De acuerdo con lo establecido en el Reglamento del Estudiante, Artículo 33, el Consejo Administrativo de la Universidad, mediante el Acuerdo No. ​007 del 17 de agosto de 2016, define y comunica los casos y las condiciones en los que procede la devolución o el abono de dinero pagado por concepto de matrículas, incluyendo los porcentajes aplicables y los trámites a seguir.
Este procedimiento es aplicable a toda persona que ostente la calidad de estudiante de la Universidad, en todas sus modalidades académicas y niveles de formación, (estudiante regular y/o estudiante no regular), y de acuerdo con las condiciones enunciadas en el Artículo 2 del Reglamento del Estudiante.
Todo el trámite debe realizarse siguiendo este procedimiento, no se aceptan solicitudes en ningún otro formato.
A continuación se indican los casos:

  • La no apertura de un programa

Cuando la institución decida no abrir un programa académico, o curso de extensión o de idiomas, se devolverá el 100% del valor pagado.​
El trámite de la devolución de los valores pagados se hará de oficio y no requiere de trámites y/o gestiones adicionales por parte del interesado/estudiante.

  • Antes del inicio de clases​

Si la solicitud de devolución hecha por el estudiante se produce con posterioridad al pago de la matrícula y no ha iniciado el periodo de clases, le será devuelto o abonado el 90% del valor pagado por concepto de matrícula.​ Para ello, es importante revisar el calendario académico.​​

El estudiante regular puede solicitar la devolución dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la fecha de inicio de clases estipulada en el calendario académico.​
La devolución o abono es del 80% del valor pagado por concepto de la matrícula.​
* No aplica para estudiantes no regulares.

En este caso, le será devuelto o abonado el 90% del valor de la matrícula.
La solicitud podrá ser tramitada por el estudiante en el lapso comprendido entre el inicio y el cierre del semestre de acuerdo con lo estipulado en el calendario académico.
Para dar trámite a la solicitud, según lo establecido en el Artículo Cuarto, numeral b. del Acuerdo No. 007 del 17 de agosto de 2016, se debe anexar la correspondiente incapacidad médica; este documento debe ser escaneado y enviado al correo electrónico devoluciones@ucatolica.edu.co​>

Devolución de Matrículas

 
De acuerdo con lo establecido en el Reglamento del Estudiante, Artículo 33, el Consejo Administrativo de la Universidad, mediante el Acuerdo No. ​007 del 17 de agosto de 2016, define y comunica los casos y las condiciones en los que procede la devolución o el abono de dinero pagado por concepto de matrículas, incluyendo los porcentajes aplicables y los trámites a seguir.
Este procedimiento es aplicable a toda persona que ostente la calidad de estudiante de la Universidad, en todas sus modalidades académicas y niveles de formación, (estudiante regular y/o estudiante no regular), y de acuerdo con las condiciones enunciadas en el Artículo 2 del Reglamento del Estudiante.
Todo el trámite debe realizarse siguiendo este procedimiento, no se aceptan solicitudes en ningún otro formato.
A continuación se indican los casos:

  • La no apertura de un programa

Cuando la institución decida no abrir un programa académico, o curso de extensión o de idiomas, se devolverá el 100% del valor pagado.​
El trámite de la devolución de los valores pagados se hará de oficio y no requiere de trámites y/o gestiones adicionales por parte del interesado/estudiante.

  • Antes del inicio de clases​

Si la solicitud de devolución hecha por el estudiante se produce con posterioridad al pago de la matrícula y no ha iniciado el periodo de clases, le será devuelto o abonado el 90% del valor pagado por concepto de matrícula.​ Para ello, es importante revisar el calendario académico.​​

El estudiante regular puede solicitar la devolución dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la fecha de inicio de clases estipulada en el calendario académico.​
La devolución o abono es del 80% del valor pagado por concepto de la matrícula.​
* No aplica para estudiantes no regulares.

En este caso, le será devuelto o abonado el 90% del valor de la matrícula.
La solicitud podrá ser tramitada por el estudiante en el lapso comprendido entre el inicio y el cierre del semestre de acuerdo con lo estipulado en el calendario académico.
Para dar trámite a la solicitud, según lo establecido en el Artículo Cuarto, numeral b. del Acuerdo No. 007 del 17 de agosto de 2016, se debe anexar la correspondiente incapacidad médica; este documento debe ser escaneado y enviado al correo electrónico devoluciones@ucatolica.edu.co​>

Política de tratamiento de datos personales

Autorizo conforme a las disposiciones estatutarias en materia de Habeas Data, específicamente el Acuerdo No. 02 del 4 de septiembre de 2013 (Acuerdo), así como las demás normas vigentes, con el fin de garantizar para los titulares de la información la protección y tratamiento de datos personales de conformidad con la Ley 1581 de 2012 y demás normas concordantes y complementarias de la materia, así como lo prescrito en la ley 2300 de 2023, referente al contacto con fines comerciales, de manera libre, previa y voluntaria a la Universidad Católica de Colombia, a dar el tratamiento de mi información, para que en desarrollo de sus funciones propias como Institución de Educación Superior y su finalidad Académica y Administrativa, pueda recolectar, recaudar, almacenar, usar, circular, suprimir, procesar, intercambiar, compilar, dar tratamiento y/o transferir a terceros y disponer de los datos por mi suministrados en el presente formulario, así como a enviar información relacionada con la oferta de sus programas académicos a través de los medios de contacto que se señalen de forma voluntaria por parte del titular de los datos personales. 

Mediante la presente autorizo especialmente a dar tratamiento a mis Datos Personales de conformidad a la actividad académica y administrativa, a enviar comunicaciones de carácter académico, especialmente la relacionada con sus programas de estudio a través de llamadas, correo institucional y/o el sugerido a título personal por el titular de la información, así como mediante mensajería de datos a través de SMS y WhatsApp o demás aplicaciones de mensajería instantánea, así como a través de redes sociales, conforme a las franjas horarias dispuestas y autorizadas por la ley 2300 de 2023 y las demás disposiciones vigentes sobre este aspecto, y la grabación de las sesiones de aulas virtuales en las cuales participe o en los escenarios académicos a los que asista en desarrollo del programa académico para el cual me he matriculado.  

En caso de cualquier inquietud, petición, queja o reclamo sobre habeas data, podrá dirigirse al correo electrónico: contacto@ucatolica.edu.co o contactar directamente en nuestra sede principal ubicada en la Avenida Caracas Número 46 – 72, en la ciudad de Bogotá D.C. “