Hablar de obligaciones tributarias o de impuestos, significa para muchos un dolor de cabeza, por no saber qué hacer o a quién acudir en las fechas indicadas. Dentro de las obligaciones que hay que tener en cuenta se encuentra la declaración de renta, documento que presentan las personas y las empresas a la DIAN, en el cual se hace una relación de los ingresos y egresos de un periodo de tiempo, que se hace con respecto al año anterior, es decir, en 2015 se hace la declaración de los ingresos del 2014.
Las personas que cumplan alguna de las siguientes condiciones deben declarar:
- El patrimonio bruto y el valor acumulado de consignaciones bancarias, depósito o inversiones financieras del año 2014 sean superiores a $123.682.500.
- Los consumos mediante tarjetas de crédito, el valor total de compras y consumos del 2014 sean superiores a $76.958.000.
- Los ingresos brutos sean superiores a $38.479.000.
El plazo para presentar la declaración y cancelar (en los caso que sea necesario) inició el 3 de marzo de 2015, pero las fechas máximas de plazo dependen de los últimos dígitos del NIT del declarante. Amplíe la información en Plazos para la presentación renta año gravable 2014
Con el propósito de facilitar el proceso, la DIAN publicó en su portal web el programa “Ayuda-Renta”, esta herramienta está dirigida a las personas que deben declarar a través del formulario 210 (declaración de renta personas naturales no obligadas a llevar contabilidad) y hace más sencillo el diligenciamiento, ya que incluye instrucciones y orientaciones que lo guían en cada una de las secciones del formulario.
Hay que aclarar que solo se debe presentar una declaración, pero hay dos alternativas, una que es para los empleados y pequeños comerciantes, ellos pueden optar por el formulario del Imas (impuesto mínimo alternativo simple) y la otra es el método tradicional, usado por las personas que hacen una planeación tributaria agresiva porque sus ingresos son altos y buscan los recursos para bajar su renta gravable, ellos optan por el Imán (impuesto mínimo alternativo).
Para ampliar la información descargue el programa “Ayuda-Renta”
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